Ante el avance de la tecnología y el conocimiento científico y considerando la sugerencia de la Honorable Comisión Directiva de la Asociación Odontológica Argentina, la Sociedad Argentina de Endodoncia ha estudiado la posibilidad de implementar la recertificación del título de Especialista.
En reunión de Comisión Directiva del 10 de Enero de 1995, luego de un exhaustivo estudio y profundo debate, se estableció que para estimular el constante mejoramiento de los profesionales y como lo hicieran entre otras Instituciones; la Academia Nacional de Medicina, la Fundación Favaloro, la Sociedad Argentina de Pediatría y la Sociedad Argentina de Cirugía y Traumatología Bucomaxilofacial, se aprueba el siguiente reglamento a fin de que los Socios Especialistas que así lo deseen puedan solicitar dicha recertificación:
ARTICULO 1
La recertificación será voluntaria para aquel socio cuyo
título tenga 5 o más años de expedido por la Sociedad
Argentina de Endodoncia.
ARTICULO 2
Deberá presentar 3 copias de sus antecedentes de los últimos 5
años.
ARTICULO 3
Las solicitudes y antecedentes se recibirán hasta el 31 de
Julio de ese año.
ARTICULO 4
El Jurado estará integrado por tres miembros, dos designados
por la Seccional en un sorteo realizado entre sus ex
Presidentes y otro designado por la A.O.A. Además la Seccional
con igual mecanismo designará dos miembros suplentes.
ARTICULO 5
Los requisitos, las valoraciones y el mecanismo de evaluación
de las recertificaciones serán iguales al Título original.
ARTICULO 6
La recertificación a entregarse tendrá una validez de 5 años.
ARTICULO 7
Los especialistas con recertificación podrán anunciarse con el
siguiente texto: Especialista en Endodoncia- Sociedad
Argentina de Endodoncia 19. Recertificado 200.
ARTICULO 8
La Sociedad entregará un diploma con la constancia de la
recertificación.
ARTICULO 9
La Sociedad Argentina de Endodoncia y la Asociación
Odontológica Argentina darán a publicidad la nómina de
aquellos especialistas que aprueben la recertificación de su
título.