Ante el avance de la tecnología y el conocimiento
científico y considerando la sugerencia de la Honorable
Comisión Directiva de la Asociación Odontológica
Argentina, la Sociedad Argentina de Endodoncia ha estudiado
la posibilidad de implementar la recertificación del
título de Especialista.
En reunión de Comisión Directiva del 10 de Enero
de 1995, luego de un exhaustivo estudio y profundo debate,
se estableció que para estimular el constante mejoramiento
de los profesionales y como lo hicieran entre otras Instituciones;
la Academia Nacional de Medicina, la Fundación Favaloro,
la Sociedad Argentina de Pediatría y la Sociedad Argentina
de Cirugía y Traumatología Bucomaxilofacial,
se aprueba el siguiente reglamento a fin de que los Socios
Especialistas que así lo deseen puedan solicitar dicha
recertificación:
ARTICULO 1
La recertificación será voluntaria para aquel
socio cuyo título tenga 5 o más años
de expedido por la Sociedad Argentina de Endodoncia.
ARTICULO 2
Deberá presentar 3 copias de sus antecedentes de los
últimos 5 años.
ARTICULO 3
Las solicitudes y antecedentes se recibirán hasta el
31 de Julio de ese año.
ARTICULO 4
El Jurado estará integrado por tres miembros, dos designados
por la Seccional en un sorteo realizado entre sus ex Presidentes
y otro designado por la A.O.A. Además la Seccional
con igual mecanismo designará dos miembros suplentes.
ARTICULO 5
Los requisitos, las valoraciones y el mecanismo de evaluación
de las recertificaciones serán iguales al Título
original.
ARTICULO 6
La recertificación a entregarse tendrá una validez
de 5 años.
ARTICULO 7
Los especialistas con recertificación podrán
anunciarse con el siguiente texto:
Especialista en Endodoncia- Sociedad Argentina de Endodoncia
19. Recertificado 200.
ARTICULO 8
La Sociedad entregará un diploma con la constancia
de la recertificación.
ARTICULO 9
La Sociedad Argentina de Endodoncia y la Asociación
Odontológica Argentina darán a publicidad la
nómina de aquellos especialistas que aprueben la recertificación
de su título. |